(contraria) conju. v. Conjugación del verbo contrariar. Se trata de la tercera persona del singular (él / ella / usted contraria) del Presente del Indicativo.
(¡contraria!) conju. v. Conjugación del verbo contrariar. Se trata de la segunda persona del singular (tú contraria) del Afirmativo del Imperativo.
• « El Derecho Penal es la rama del Derecho Público que establece aquellas acciones contrarias a mínimas normas sociales de convivencia y las penas o medidas de seguridad que, como consecuencia, les corresponden. » (de contraria | plural)
• « Tal vez, para obtener resultados más homogéneos habría que actuar de manera contraria, es decir, proponiendo procesos de formación diversos y adecuados a los distintos contextos sociales. »
• « Ese artículo fija la pena máxima a purgar por casi todo tipo de manifestación contraria al Gobierno soviético: diez años de prisión, más cinco de exilio, a menudo en Siberia. »