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La rama española de la Cruz Roja quedó constituida en España el 2 de marzo de 1864 al amparo de los convenios internacionales, suscritos y ratificados por España. Como en todos los países, coopera, con el Ejército y la Armada en tiempo de guerra. Tiene personalidad jurídica como entidad autónoma, reconocida oficialmente bajo la protección del Estado, y en el ejercicio de sus funciones se atiene a los preceptos estatutarios competentes. Goza en todo el territorio nacional de las ventajas otorgadas a las sociedades de beneficencia y utilidad pública.
El escudo de la institución consiste en una cruz de color rojo, formada por cinco cuadrados iguales sobre fondo blanco. El brazal distintivo de la Cruz Roja consiste en una franja de franela con una cruz de pañete rojo en su centro, llevado en el brazo izquierdo sin adornos, inscripciones o bordado alguno.
En la capital de la nación funciona una Asamblea Suprema para su gobierno, dirección y administración, integrada por: un presidente, un vicepresidente, un secretario general, un contador, un inspector general médico, un tesorero y representaciones de diversos ministerios. Al igual que en la capital de la nación, en las de provincia funcionan asambleas provinciales que se encargan de difundir la institución por todos los pueblos de su mandato, procurando constituir asambleas locales o secundarías en los centros de mayor importancia y ejerciendo en ellos funciones inspectoras. Tanto la asamblea suprema como las provinciales y locales se reúnen en sus respectivas residencias una vez al año para rendir cuentas de las gestiones realizadas, proveer los cargos que hubiere vacantes y adoptar otros acuerdos.
Para más información ver: cruz roja.
El escudo de la institución consiste en una cruz de color rojo, formada por cinco cuadrados iguales sobre fondo blanco. El brazal distintivo de la Cruz Roja consiste en una franja de franela con una cruz de pañete rojo en su centro, llevado en el brazo izquierdo sin adornos, inscripciones o bordado alguno.
En la capital de la nación funciona una Asamblea Suprema para su gobierno, dirección y administración, integrada por: un presidente, un vicepresidente, un secretario general, un contador, un inspector general médico, un tesorero y representaciones de diversos ministerios. Al igual que en la capital de la nación, en las de provincia funcionan asambleas provinciales que se encargan de difundir la institución por todos los pueblos de su mandato, procurando constituir asambleas locales o secundarías en los centros de mayor importancia y ejerciendo en ellos funciones inspectoras. Tanto la asamblea suprema como las provinciales y locales se reúnen en sus respectivas residencias una vez al año para rendir cuentas de las gestiones realizadas, proveer los cargos que hubiere vacantes y adoptar otros acuerdos.
Para más información ver: cruz roja.
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