Diccionario
Significado de «desheredación»
Significado de desheredación · Sinónimos, ejemplos y análisis de uso
La desheredación es un término que se refiere a la acción y efecto de privar a alguien de su herencia, es decir, de los bienes o derechos que le corresponderían tras el fallecimiento de una persona.
Esta práctica puede surgir por diversas razones, como conflictos familiares o comportamientos considerados inadecuados por parte del heredero.
La desheredación tiene implicaciones legales y emocionales, afectando tanto a quien deshereda como a quien es desheredado.
Esta práctica puede surgir por diversas razones, como conflictos familiares o comportamientos considerados inadecuados por parte del heredero.
La desheredación tiene implicaciones legales y emocionales, afectando tanto a quien deshereda como a quien es desheredado.
Tabla de contenido
Definición de desheredación
1
f. Acción y efecto de desheredar.
Etimología u origen
proviene de desheredar y con el sufijo -ción
1
Disposición testamentaria por la que el testador priva de su legítima a un heredero forzoso en virtud de una causa justa de las señaladas taxativamente por la Ley.
Determinadas personas, llamadas herederos forzosos, tienen derecho a recibir de la herencia de otra una porción mínima de bienes, llamada legítima. Esta cuota puede perderse:
1) por incurrir en algunas de las causas que la ley establece como de indignidad y que se refieren a la conducta reprobable del heredero, especialmente en sus relaciones con el difunto, y 2) por desheredación. Así, pues, una y otra institución constituyen atenuantes al sistema de legítimas. Las causas de indignidad representan el reproche que la sociedad hace a determinados individuos al impedirles recibir su porción en la herencia testada o intestada, forzosa o libre, y las causas mismas de desheredación constituyen ese reproche cuando quien lo realiza es el propio testador. Unas y otras causas se basan en motivos muy graves y señalados exhaustivamente por el legislador, es decir, sin posibilidad de admitir interpretaciones extensivas o analógicas.
A pesar de las críticas formuladas contra esta institución, fundadas especialmente en la dudosa compatibilidad con las causas de indignidad, la mayor parte de los códigos, viejos y nuevos, mantienen el dualismo, al parecer justificado y necesario; así ocurre en los códigos de Portugal, Austria, Argentina, México, Guatemala, Alemania, Suiza y España.
Los requisitos para llevar a cabo la desheredación son: 1) que se haga en testamento; 2) que se funde en una causa legal, expresa y cierta; 3) que sea de toda la herencia; 4) que se realice incondicionalmente.
Como antes se dice, las causas de desheredación se fundan en la conducta reprobable del heredero; así, por ejemplo, se admite su existencia por haber negado sin motivo alimentos al testador, haber atentado contra su vida o integridad, haberle maltratado gravemente de obra o palabra, haberle calumniado o utilizado cualquier clase de coacción o amenaza en el otorgamiento del testamento, haber abandonado a los hijos o entregado a la prostitución a las hijas, etcétera.
Los desheredados injustamente tienen derecho a pedir la nulidad de la institución de heredero, pero sólo en cuanto perjudique su legítima.
Con la desheredación se relaciona la preterición, que consiste en la omisión de alguno de los herederos forzosos en el testamento, sin desheredarlo expresamente. Véase Preterición.
Determinadas personas, llamadas herederos forzosos, tienen derecho a recibir de la herencia de otra una porción mínima de bienes, llamada legítima. Esta cuota puede perderse:
1) por incurrir en algunas de las causas que la ley establece como de indignidad y que se refieren a la conducta reprobable del heredero, especialmente en sus relaciones con el difunto, y 2) por desheredación. Así, pues, una y otra institución constituyen atenuantes al sistema de legítimas. Las causas de indignidad representan el reproche que la sociedad hace a determinados individuos al impedirles recibir su porción en la herencia testada o intestada, forzosa o libre, y las causas mismas de desheredación constituyen ese reproche cuando quien lo realiza es el propio testador. Unas y otras causas se basan en motivos muy graves y señalados exhaustivamente por el legislador, es decir, sin posibilidad de admitir interpretaciones extensivas o analógicas.
A pesar de las críticas formuladas contra esta institución, fundadas especialmente en la dudosa compatibilidad con las causas de indignidad, la mayor parte de los códigos, viejos y nuevos, mantienen el dualismo, al parecer justificado y necesario; así ocurre en los códigos de Portugal, Austria, Argentina, México, Guatemala, Alemania, Suiza y España.
Los requisitos para llevar a cabo la desheredación son: 1) que se haga en testamento; 2) que se funde en una causa legal, expresa y cierta; 3) que sea de toda la herencia; 4) que se realice incondicionalmente.
Como antes se dice, las causas de desheredación se fundan en la conducta reprobable del heredero; así, por ejemplo, se admite su existencia por haber negado sin motivo alimentos al testador, haber atentado contra su vida o integridad, haberle maltratado gravemente de obra o palabra, haberle calumniado o utilizado cualquier clase de coacción o amenaza en el otorgamiento del testamento, haber abandonado a los hijos o entregado a la prostitución a las hijas, etcétera.
Los desheredados injustamente tienen derecho a pedir la nulidad de la institución de heredero, pero sólo en cuanto perjudique su legítima.
Con la desheredación se relaciona la preterición, que consiste en la omisión de alguno de los herederos forzosos en el testamento, sin desheredarlo expresamente. Véase Preterición.
Etimología u origen
proviene de desheredar y con el sufijo -ción
Cómo citar esta definición
Definiciones-de.com (2014). Definición de desheredación - Leandro Alegsa © 07/04/2014.
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Análisis de la palabra desheredación
-
Palabra inversa: nóicaderehsed
Número de letras: 13
Vocales: e e e a i ó
Consonantes: d s h r d c n -
Separación en sílabas: des-he-re-da-ción
Tipo de acentuación: Palabra aguda (también oxítona). - RAE: Consultar en la RAE
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