Actualmente se utilizan ambos términos, dominio y propiedad, si bien con sentido totalmente distinto de la terminología romana, pues la palabra propiedad se emplea genéricamente para designar toda relación del hombre con la naturaleza y todo poder sobre ella, mientras que dominio se reserva específicamente para indicar el más excelente y comprensivo poder jurídico del hombre sobre las cosas.
Una dirección doctrinal considera que entre dominio y propiedad no hay contradicción ni antagonismo alguno; dominio hace referencia a un sentido subjetivo y significa la potestad que tiene el individuo sobre las cosas; propiedad tiene un sentido objetivo y resalta la relación de atribución de las cosas a una persona. Véase Propiedad.
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