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m. El que está bajo la autoridad paterna o tutelar (se encuentra bajo la patria potestad), y por extensión, el mayor de edad que no ha tomado estado (es soltero) y sigue morando en la casa de sus progenitores.
Para el hijo de familia rigen en toda su amplitud los deberes familiares de respeto, obediencia, domicilio, licencia para casarse, etc.; pero también se beneficia al máximo de la protección de sus padres, especialmente en cuanto a los alimentos en su más amplio significado legal.
Ejemplo de uso: "El hijo de familia no podrá celebrar ningún acto o contrato sin la autorización de los padres o de la persona que en su defecto ejerza la administración".
Para el hijo de familia rigen en toda su amplitud los deberes familiares de respeto, obediencia, domicilio, licencia para casarse, etc.; pero también se beneficia al máximo de la protección de sus padres, especialmente en cuanto a los alimentos en su más amplio significado legal.
Ejemplo de uso: "El hijo de familia no podrá celebrar ningún acto o contrato sin la autorización de los padres o de la persona que en su defecto ejerza la administración".
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