Documento que deben suscribir el capitán del buque y el cargador, acreditativo del embarque de las mercancías objeto del contrato de fletamento. Ha de contener los siguientes requisitos: el nombre, matrícula y porte del buque; el del capitán y su domicilio; el del puerto de carga y el de descarga; el del cargador; el del consignatario si el conocimiento fuese nominativo; la cantidad, calidad, número de los bultos y marcas de las mercaderías; el flete y la capa contratados. Estos documentos podrán expedirse al portador, a la orden o con carácter nominativo, precisamente dentro de las 24 horas de la recepción de las mercancías. La importancia del documento en el transporte es fundamental, pues hace fe entre todos los interesados en la carga y entre éstos y los aseguradores, salvo la prueba en contrario para estos últimos. Produce asimismo acción sumarísima o de apremio, según los casos, para la entrega del cargamento y el pago de los fletes y gastos que hayan producido.
Cantidad de letras, vocales y consonantes de conocimiento de embarque
Palabra inversa: euqrabme ed otneimiconoc Número de letras: 22 Posee un total de 11 vocales: o o i i e o e e a u e Y un total de 11 consonantes: c n c m n t d m b r q
¿Es aceptada "conocimiento de embarque" en el diccionario de la RAE?