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Las emitidas para compensar una aportación en servicios técnicos, en fondos de comercio o en patentes, marcas o derechos. Suelen ser de naturaleza especial, pues muchas veces limitan los derechos a una participación en los beneficios, y en este caso se acostumbra denominarlas «partes de fundador». Este tipo de títulos fue muy corriente en tiempos pasados, pero el carácter esencialmente «capitalista» de las. sociedades anónimas ha movido a las legislaciones modernas a rechazar toda emisión de acciones que no responda a una aportación patrimonial efectiva. Cierto es que incluso en los países que aplican con mayor severidad esta regla está admitida la liquidación con acciones de un crédito por servicios.
Para más información ver: acción.
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