El concepto de la soberanía de los estados es fundamental en el sistema de arbitraje internacional. Un estado soberano no está sujeto a ninguna autoridad fuera de la suya propia. Ningún estado viene obligado a someter sus disputas al sistema de arbitraje salvo que lo hubiera acordado previamente, pero los tratados y demás acuerdos internacionales pueden especificar categorías de controversias susceptibles de ser sometidas al arbitraje.
Según define el artículo 37 del Convenio de La Haya para el arreglo pacífico de los conflictos. internacionales (Conferencia de 1907), «el arbitraje internacional tiene por objeto la solución de las disputas que puedan surgir entre los estados por jueces de su propia elección y sobre la base del respeto al Derecho. Recurrir al arbitraje implica el compromiso de someterse de buena fe a la sentencia». Esta definición establece explícitamente las tres características esenciales del arbitraje: a) arreglo entre los estados sobre la base del respeto al derecho; b) por jueces elegidos entre las partes; y c) con un compromiso implícito de aceptar de buena fe las decisiones. Un cuarto elemento de este sistema, implícitamente comprendido en la definición y el más fundamental, es el acuerdo, voluntario de ambas partes de solventar la contienda por arbitraje.
• Historia Del Arbitraje Internacional: El arbitraje tiene muy remotos antecedentes. Aparece en las ciudades-estado griegas, que crearon el consejo permanente de las anfictionías. Desapareció con el Imperio Romano, que, al reunir bajo una autoridad única a todo el mundo civilizado, no dio lugar al arbitraje. Resurge entre los estados cris... Para seguir leyendo ver: Historia Del Arbitraje Internacional
Véase Armisticio; Derecho internacional; Derecho de guerra; Naciones unidas; Sociedad de naciones.
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