Alta mar constituye todas las partes del mar no incluidas en la zona económica exclusiva, aguas interiores de un Estado, ni en las aguas archipelágicas de un Estado archipelágico.
Para más información leer también: agua jurisdiccionales.
Historia del Alta Mar
Históricamente, la alta mar comenzaba en el límite de las 3 millas (5556 m). Esta regla se ha seguido en general desde la primera parte del siglo xviii, como resultado de la sugerencia hecha por Bynkershoek, ilustre internacionalista alemán, quien indicó que la jurisdicción de cada Estado marítimo debería extenderse a una distancia tal que pudiera ser alcanzada por un cañonazo. La distancia de un cañonazo venía a ser, cuando se estableció esta regla, alrededor de las 3 millas.
Las aguas territoriales, sin embargo, comprenden día no sólo el sector de mar limitado por las 3 millas, sino también las aguas interiores, los golfos y gran cantidad de brazos de mar (en muchos casos a causa de costumbres inmemoriales).
El mayor alcance de armas de fuego y el desarrollo del poder aéreo promovieron en el siglo XX alternativas de ampliar el alcance de las aguas territoriales. Baste citar como ejemplo la llamada «guerra del bacalao», sostenida incruentamente entre Islandia y las islas Feroe por una parte y el Reino Unido por otra en 1960.
Por ese entonces varios Estados autodefinieron las 6 millas como aguas territoriales aunque el Tribunal internacional se pronunció contra tal ampliación.
El Comité Jurídico Interamericano, el 30 de julio de 1952, presentó un Proyecto de Convención sobre Mar Territorial y Cuestiones Afines, basando en la tesis de las 200 millas marinas.
Hacia 1967 solo 25 Estados mantenían el límite de la 3 millas marinas, 66 habían fijado un mar territorial de 12 millas marinas y 8 habían fijado un límite de 200 millas marinas.
La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar fue aprobada traes 9 años de trabajo el 30 de abril de 1982 en Nueva York, y se considera uno de los tratados más importantes de la historia. Es calificada como la Constitución de los océanos. Entró en vigor el 16 de noviembre de 1994.
La Convención establece que todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas, medidas a partir de líneas de base determinadas de conformidad con la misma Convención.
La zona económica exclusiva no puede extenderse más allá de 200 millas marinas (370 km) contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.
Para más información leer también: aguas jurisdiccionales.

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