A partir de los siglos X y XI, la consolidación del poder nobiliario conllevó para los caballeros guardianes un incremento de sus bienes territoriales y heredades.
Muchos de los castillos y fortalezas necesitaban ser mantenidos y asegurados, por los que el barón, temporalmente o de por vida, cedía un castillo y sus tierras circundantes a un caballero unido a él mediante vínculos de vasallaje.
Este asumía el gobierno del castillo y las tierras con derecho al usufructo, pero no disponía de su dominio útil que seguía en manos del barón.
El carlán fue progresivamente sustituido a partir del siglo XIV por los alcaldes o capitanes del castillo.
Ejemplos de uso: "El carlán era el encargado de mantener la seguridad del castillo y sus alrededores, defendiéndolos de posibles invasiones o ataques enemigos"
En esta acepción, "carlán" se refiere a una figura con autoridad y derechos específicos dentro de la Corona de Aragón, particularmente en las tierras ribagorzanas. Este término denota una posición de poder local con atribuciones jurisdiccionales sobre un territorio determinado.
Ejemplos de uso: "El carlán ejercía su autoridad sobre el territorio ribagorzano, administrando justicia y tomando decisiones relevantes para la comunidad local"
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