Definición de alcalde

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Alcalde es el presidente del Ayuntamiento en España, siendo la máxima autoridad municipal. Elegido por los ciudadanos o concejales, se encarga de presidir el Ayuntamiento, gestionar servicios públicos, representar al municipio y tomar decisiones administrativas y políticas. También puede referirse a un intendente municipal, responsable de supervisar y coordinar áreas y servicios municipales. En otro contexto, alcalde es el jefe de un cuartel municipal, encargado del orden y la organización comunitaria. Además, puede ser un juego de naipes o el título de una obra literaria de Calderón de la Barca.



Definición de alcalde
  1. m. Esp. Presidente del Ayuntamiento de cada pueblo.

    En España, el alcalde es la máxima autoridad gubernamental en el ámbito municipal.

    Es elegido por los ciudadanos o por los concejales del municipio y tiene la responsabilidad de presidir el Ayuntamiento, gestionar los servicios públicos locales, representar al municipio y tomar decisiones administrativas y políticas importantes.

    Ejemplos de uso: "El alcalde inauguró el nuevo parque infantil en el centro del pueblo".

    "La alcaldesa convocó una reunión urgente para tratar el tema de la seguridad ciudadana".
  2. Intendente municipal.

    Esta acepción se refiere a un cargo administrativo dentro de la estructura municipal, cuya función principal es supervisar y coordinar las diferentes áreas y servicios del municipio para asegurar su correcto funcionamiento.

    Aunque menos común, este término puede ser utilizado para describir a una persona con responsabilidades similares a las de un alcalde, pero con un enfoque más centrado en la gestión interna y operativa.

    Ejemplos de uso: "El intendente municipal presentó un plan para mejorar la eficiencia de los servicios públicos".

    "La oficina del intendente municipal está trabajando en un nuevo reglamento de tránsito".
  3. Jefe de un cuartel municipal.

    En este contexto, el término se refiere a la persona encargada de liderar y administrar un cuartel municipal, que es una subdivisión administrativa dentro de algunos municipios, especialmente en áreas rurales o pequeñas localidades.

    Esta persona tiene responsabilidades específicas relacionadas con el mantenimiento del orden y la organización comunitaria en su área de influencia.

    Ejemplos de uso: "El jefe del cuartel municipal organizó una junta vecinal para discutir sobre las mejoras en la iluminación pública".

    "La jefa del cuartel municipal está coordinando un programa de reciclaje comunitario".
  4. Cierto juego de naipes.

    Alcalde, en este sentido, hace referencia a un juego específico de cartas cuyas reglas y modalidades pueden variar según la región o el grupo que lo juegue. Este término destaca cómo ciertos juegos populares reciben nombres que hacen alusión a cargos o títulos tradicionales.

    Ejemplos de uso: "Ayer por la noche jugamos al alcalde hasta tarde".

    "Mi abuelo me enseñó a jugar al alcalde; es su juego de cartas favorito".
  5. (El Alcalde de Zalamea) Lit. Drama histórico de Calderón.

    Esta acepción se refiere a una obra literaria específica escrita por Pedro Calderón de la Barca, uno de los dramaturgos más importantes del Siglo de Oro español.

    "El Alcalde de Zalamea" es considerada una obra maestra del teatro barroco español y narra la historia de honor y justicia en un pequeño pueblo español durante el siglo XVI.

    Ejemplos de uso: "Este semestre estudiamos 'El Alcalde de Zalamea' en nuestra clase de literatura española".

    "La representación teatral de 'El Alcalde de Zalamea' fue impresionante; realmente capturaron el espíritu de la obra".



    Origen etimológico de alcalde:
    proviene del árabe قاض (al-qāḍi) (que significa "funcionario público", "juez", "alcalde")

Segundo diccionario: alcalde
    Origen de la palabra: (del árabe al-qádi el juez.)

  1. m. Presidente del ayuntamiento de cada pueblo o término municipal, encargado de ejecutar sus acuerdos. En su grado jerárquico es delegado del Gobierno en el orden administrativo.
  2. Juez ordinario que administraba justicia en algún pueblo y presidía al mismo tiempo el concejo.
  3. En algunas danzas, el principal de ellas.
  4. Juego de naipes entre seis personas.
  5. Juego de naipes, variedad de la brisca, entre tres personas.
  6. En el tresillo y otros juegos de naipes, el que da las cartas y no juega.
  7. Perú y Ecuad. Proxeneta, alcahuete.

    Esta acepción se emplea en: EcuadorEcuador - PerúPerú
  8. —alamín, Alamin, oficial que contrastaba las pesas y medidas. Ver: alcalde alamín
  9. —corregidor. Funcionario de nombramiento real que presidía los ayuntamientos y gobernaba en las poblaciones importantes. Ver: alcalde corregidor
  10. —de alzadas. Juez de alzadas o de apelaciones. Ver: alcalde de alzadas
  11. —de barrio. El que en las grandes capitales ejerce en barrio determinado las funciones que le delega el alcalde. Ver: alcalde de barrio
  12. —de casa y corte o de corte. Juez togado de los que en la corte componían la sala llamada de alcaldes. Ver: alcalde de casa y corte o de corte
  13. —de la cuadra. El de la sala del crimen de la audiencia de Sevilla. Ver: alcalde de la cuadra
  14. —del agua. En algunas comunidades de regantes, el que reparte y vigila los turnos. Ver: alcalde del agua
  15. —de la hermandad. El que se nombraba cada año en los pueblos para que conociera de los delitos y excesos cometidos en el campo. Ver: alcalde de la hermandad
  16. —de la Mesta. Juez nombrado por una cuadrilla de ganaderos, y aprobado por el Concejo de la Mesta, para conocer de los pleitos entre pastores. Ver: alcalde de la Mesta
  17. —del crimen. El de la sala del crimen, que había en las chancillerías de Valladolid y Granada, y en las audiencias del reino. Ver: alcalde del crimen
  18. —del mes de enero. Persona que recién entrada en el desempeño de su cargo, demuestra gran celo y actividad. Ver: alcalde del mes de enero
  19. —del rastro. Juez letrado de los que en lo antiguo ejercían en la Corte y en su rastro o distrito la jurisdicción criminal. Ver: alcalde del rastro
  20. —de monterilla. fam. El de alguna aldea o lugar, sobre todo si es labriego o rústico. Ver: alcalde de monterilla
  21. —de noche. El que se elegía en algunas ciudades para rondar y cuidar de que no hubiera desórdenes por la noche. Ver: alcalde de noche
  22. —de obras y bosques. Juez togado que tenía jurisdicción privativa en lo civil y criminal dentro de los bosques y sitios reales. Ver: alcalde de obras y bosques
  23. —de sacas. Juez encargado de evitar que se sacasen del reino las cosas cuya extracción estaba prohibida. Ver: alcalde de sacas
  24. —entregador, En el Concejo de la Mesta, juez de letras, para visitar los partidos y conocer de las causas concernientes a ganados y pastos. Ver: alcalde entregador
  25. —mayor. Juez de letras que ejercía la jurisdicción ordinaria en algún pueblo. Ver: alcalde mayor
  26. Juez de letras asesor del corregidor en las ciudades donde éste era juez lego.
  27. En Nueva España, el que siendo o no juez de letras, gobernaba por el rey algún pueblo que no era capital de provincia.
  28. En las antiguas provincias de Ultramar, juez de primera instancia que, además de las atribuciones propias de este cargo, ejercía otras gubernativas, administrativas y económicas.
  29. —mayor entregador. Alcalde entregador. Ver: alcalde mayor entregador
  30. —ordinario. Vecino de un pueblo que ejercía en él jurisdicción ordinaria. Ver: alcalde ordinario
  31. —pedáneo. El de barrio, designado para aldeas o partidos rurales en municipios dispersos. Ver: alcalde pedáneo
    2º artículo
  1. Jefe de la Administración municipal y, por ello, máxima autoridad en el municipio. Reúne en sí el doble carácter de autoridad local y de delegado del Gobierno dentro del término municipal. Etimológicamente se hace derivar la denominación del árabe kadi, cuya versión castellana es la de juez. El término parece haber sido adoptado por los mozárabes en la forma al-kadi o el-kadi.

    Las funciones atribuidas al alcalde han variado considerablemente a lo largo de la historia. En España no aparece está, denominación hasta el siglo xi, en que figura regulada en los fueros de Cuenca y otras ciudades castellanas, así como en el Fuero Viejo de Castilla (1212). Las Leyes del Código de las Siete Partidas regulan las funciones de los alcaldes, nombrados por el rey directamente, y distinguen los alcaldes ordinarios y los alcaldes o jueces de alzadas, cuyo carácter predominante es judicial y no gubernativo. Durante la Edad Media abundan los funcionarios o individuos a quienes se aplica el nombre de Alcalde. Entre los principales pueden citarse los de Casa y Corte, con funciones judiciales en el orden civil y criminal; los Alcaldes del crimen, que integraban en las Audiencias las Salas de Justicia; Alcaldes de Cuadra, nombrados en Sevilla para las cuestiones penales; Alcaldes sexmeros, de fuero, de salario y otros. En Navarra existieron Alcaldes que representaban a los cuatro señoríos. A partir de los Reyes Católicos en todos los pueblos se nombraron corregidores, que tenían a su cargo muy variadas funciones, especialmente la jurisdicción en primera instancia sobre cuestiones civiles y penales y el cuidado de los asuntos políticos y económicos de las poblaciones. Tras muy variadas alteraciones en la configuración de este y otros cargos de la administración de justicia y del aspecto gubernativo, la Constitución de 1812 estableció la separación entre las funciones judiciales y las político-administrativas, que atribuyó al alcalde como competencia específica en su calidad de delegado o representante del poder público. La configuración actual de los alcaldes, en España, procede de la Ley Municipal de 1823 y quedó ratificada en leyes posteriores, particularmente la de 1877.


    La administración de las entidades locales hispanoamericanas fue inspirada en la de Castilla, por lo que en ella se produjeron las figuras del corregidor, alcalde mayor y alcalde ordinario. Los corregidores presidían el cabildo o corporación municipal y tenían atribuciones fundamentalmente gubernativas; los alcaldes ordinarios ejercían las funciones de justicia en primera instancia; todos quedaban sometidos a una fiscalización de sus funciones al término de su mandato mediante el juicio de residencia. De esta organización se ha conservado el nombre de alcalde para la primera autoridad municipal en dichos países.

    La forma de designación plantea, en torno a esta figura uno de los problemas más interesantes. En los primeros siglos de la historia de Castilla el alcalde era elegido por los vecinos del municipio; para ello se requerían ciertas condiciones de arraigo en el lugar y de posesión de bienes. A principios de la Edad Moderna, la centralización de poderes en la monarquía puso en manos de los reyes la facultad de designación, que compartían con la que correspondía en algunos lugares a los señores jurisdiccionales, salvo los casos en que por privilegio continuase atribuida a los vecinos. En el siglo xix coexistieron varios sistemas: 1) designación real, aplicada a los alcaldes de Madrid y Barcelona; 2) designación real, pero limitada a los concejales elegidos para el ayuntamiento, sistema que se aplicó a las capitales de provincia, cabezas de partido y pueblos con más de 6000 h; 3) designación por el propio ayuntamiento. En 1935 se estableció un cuarto sistema, el de elección directa por el pueblo, pero no tuvo realización práctica. La cuestión se centra entre el sistema de elección gubernativa y el de designación por los propios Ayuntamientos o vecinos. En favor del primero se invoca el carácter de delegado del poder público que ostenta el alcalde; en favor del segundo, la autonomía municipal.


    Actualmente se asiste a una evolución de criterios sobre este punto y los sistemas se reducen a tres esenciales: 1) designación por el Jefe del Estado o autoridades del orden estatal, sean ministros o gobernadores. En España el nombramiento corresponde al Ministro de la Gobernación en las capitales de provincia, cabezas de partido y poblaciones con más de 10000 h y al gobernador civil en los restantes casos; 2) designación directa por los electores, sistema que tuvo amplia difusión en América y que hoy tiene representación en varios países; 3) designación por las corporaciones municipales, como ocurre en Suiza.

    En Estados Unidos para contrarrestar los efectos inherentes a la elección democrática, sobre todo por la práctica de recompensar servicios partidistas con cargos públicos, se ha destacado el carácter predominantemente técnico de la administración municipal y substituido la antigua figura del alcalde por el llamado Gobierno por Comisión o por Gerente, que tiende a obtener una mayor eficacia en la gestión de los específicos intereses de los pueblos y ciudades, otorgando a los gestores amplias facultades y sustrayéndolos al juego incierto de los partidos políticos.

    Las facultades y derechos atribuidos a los alcaldes varían según los países y, aun dentro de ellos, según la orientación que se imprima a la administración local. La tendencia centralizadora o descentralizadora del Estado, así como el carácter gubernativo o autónomo de la designación, influye notablemente en la delimitación precisa de sus funciones y facultades. En la legislación española es tradicional agrupar las atribuciones en tres grupos: las que corresponden al alcalde como presidente del ayuntamiento respectivo; las que le corresponden como jefe superior de todo el complejo administrativo local; y, por último, las derivadas de su condición de delegado del Gobierno en el territorio municipal.

    Figuras análogas al alcalde hispánico, en cuanto que se hallan al frente de la Administración municipal, aunque con caracteres muy diversos, son el maire francés, el mayor inglés, el Bürgermeister alemán, el podestá italiano de la época fascista, nombrado por el Gobierno, o el sindaco, de elección popular, el burgomaestre holandés, designado por el rey, y el presidente portugues, también nombrado por el Gobierno. Véase Ayuntamiento; Municipio.
Actualizado: 21/03/2024- Autor: Leandro Alegsa

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alcaldada 
Sinónimos y antónimos de alcalde
Ejemplos de oraciones con alcalde
« El alcalde presentó un discurso muy erudito sobre la economía de la ciudad. »
« A pesar de la oposición de los vecinos, el alcalde decidió construir una nueva autopista que mejoraría el transporte en la ciudad. »
« La legislación permite a los alcaldes tomar arbitrios para mantener el orden público. »
(de alcalde | plural)
« El alcalde anunció el proyecto de la biblioteca con entusiasmo, diciendo que sería un gran beneficio para todos los habitantes de la ciudad. »
« El alcalde Lim, que la visita de cuando en cuando, cree que difícilmente podrá ser una mejor maestra de lo que ya es. »
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Análisis de alcalde

Usos de alcalde

Se emplea como: sustantivo masculino

¿Cómo separar en sílabas alcalde?

al-cal-de
La palabra alcalde tiene 3 sílabas.

¿Dónde tiene acentuación alcalde?

Tiene su acento prosódico (sin tilde) en la sílaba: cal
Tipo de acentuación de alcalde: Palabra grave (también llana o paroxítona).

Pronunciación de alcalde

Pronunciación (AFI): [ al.ˈkal.de ]

Cantidad de letras, vocales y consonantes de alcalde

Palabra inversa: edlacla
Número de letras: 7
Posee un total de 3 vocales: a a e
Y un total de 4 consonantes: l c l d

¿Es aceptada "alcalde" en el diccionario de la RAE?

Ver si existe en el diccionario RAE: alcalde (RAE)

Diccionarios relacionados: Arabismos - Oficios - Sociedad y política - Españolismos - Sustantivos
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fam. = familiar
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