Artículo enciclopédico: historia de la democracia
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historia de la democracia

 


historia de la democracia
  1. El origen de la democracia parece situarse en la antigua Grecia y particularmente en el régimen de Atenas. Los autores griegos, tales como Platón, Herodoto y Aristóteles singularmente, la estudiaron en sus obras. Aristóteles, en su examen de las constituciones de las diversas ciudades griegas, así como en su Política, definió las tres formas clásicas de gobierno: monarquía, aristocracia y democracia. Esta es considerada como aquella forma en que la mayoría gobierna en bien del interés general; su forma degenerada o impura es la demagogia, en que solamente se gobierna en interés particular de una clase, que para Aristóteles es la pobre. El gobierno democrático era posible en aquellas ciudades griegas de reducida población donde la totalidad de los ciudadanos, reunidos en asambleas, participaban en el gobierno de la cosa pública. Ahora bien, la democracia griega está muy distante de la moderna democracia de masas, ya que los individuos con categoría de ciudadanos constituían un reducido número con respecto al total de la población. De esta condición quedaban excluidas las mujeres, los niños y menores de cierta edad, los esclavos y los sometidos a la potestad de otro. De hecho era, pues, una especie de aristocracia; no existía la representación; los cargos de gobierno eran turnados entre los ciudadanos y la soberanía de la asamblea era absoluta. La fórmula dé esta democracia, llamada directa, sólo es viable en aquel tipo de organización, caracterizada por el número reducido de miembros y la escasa complicación de los problemas y medidas que eran sometidos a sus decisiones. En Roma, su evolución inicial es análoga a la de Grecia, pero con el establecimiento del Imperio la situación experimenta un giro radical. Cicerón, uno de los más significativos autores, admite las tres formas clásicas de gobierno y se inclina por una forma mixta en la que coexistan el principio monárquico, el aristocrático y el democrático y pone como ejemplo a la propia Roma, donde el emperador, el Senado y los Comicios son sus instituciones representativas. En Roma la lex regia supone que el pueblo ha hecho entrega del poder al emperador y por ello la voluntad de éste equivale a la del pueblo romano. La realidad política romana se califica más acusadamente como aristocrática que como democrática.

    A todo lo largo de la Edad Media se encuentran movimientos y tendencias de matiz democrático en el sentido de oposición a la exclusiva y absoluta potestad de un individuo o un grupo sobre el resto. Se registran algunas llamadas democracias campesinas como la de Islandia, cuyo primer Parlamento se reunió el año 930, y la de los cantones suizos, en el siglo xiii. En algunas ciudades de Italia y Alemania hay también tendencias de tipo democrático, pero muy parciales, pues la mayoría gozan de un régimen de tipo aristocrático o netamente monárquico. La más notable tendencia es la que acusan escritores como Guillermo de Occam (Ockham), Marsilio de Padua, Nicolás de Gusa y, posteriormente, Altusio; en ellos hay concepciones acerca de la soberanía popular que en su tiempo se estimaron totalmente revolucionarias y que, siglos después, serán acogidas por los autores pactistas como Hobbes, Locke y el propio J. J. Rousseau. Influye en el orden temporal, político, el movimiento conciliar registrado en el seno de la Iglesia Católica; aunque en el orden religioso trajo este movimiento como resultado el fortalecimiento de la autoridad pontificia, en el temporal suministró argumentos para enfrentar la idea de la soberanía popular al poder absoluto de los reyes. El Protestantismo, en sus versiones calvinista y luterana, al repudiar la autoridad del Papa, fomentó la reacción democrática, aunque, por otra parte, contribuyó a robustecer el poder temporal de los príncipes. Excepcional importancia tuvo en este sentido la rama de los llamados congregacionalistas, quienes sostenían la posibilidad de formar comunidades de cristianos que serían verdaderas iglesias con capacidad para ordenar su propio culto y erigir sus jerarquías sin necesidad de recurrir al apoyo o consentimiento de los poderes civiles o eclesiásticos.

    En Inglaterra el siglo xvii presenta algunos hechos que contribuyeron directa y decisivamente al auge de la idea democrática en la Europa occidental. Aunque en 1215 los barones lograron de Juan Sin Tierra, la Carta magna, en la que se consignan una serie de garantías o se limita el poder real, no es éste un documento democrático, sino más bien nobiliario; el Parlamento modelo de 1295, con la convocatoria de los hombres de las villas y condados, asocia el pueblo al poder real limitándolo a los commons, pero estamos lejos de la moderna democracia. En Inglaterra late en muchos pensadores y particularmente en escritores religiosos la idea del pacto o convenio, el covenant, que políticamente plasma en un documento como el Agreement of the people de 1648. La idea de limitación del poder político mediante el establecimiento de garantías frente a los posibles excesos del poder real halla su consagración en el Instrument of Government de 1653.

    La idea del contrato encuentra su más clásica expresión en tierras americanas; el pacto escrito entre los emigrantes puritanos señalaría el antecedente de la Constitución americana. A partir de 1688 la democracia triunfante en Inglaterra se basa, más que en la igualdad, en el principio de libertad de discusión que tiene por palestra el Parlamento, cuyo poder aumenta continuamente hasta convertirse en el auténtico titular de la soberanía británica. Las instituciones inglesas influyeron en Europa a través de los escritores de la época y singularmente de Montesquieu, que hallaba en las instituciones isleñas la perfecta realización de la libertad ciudadana con la célebre división de poderes; ésta había de quedar definitivamente incorporada a la democracia occidental tras la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.

    En Francia la figura que polariza toda la atención en torno a la idea democrática es Jean Jacques Rousseau. Los nombres de Locke y Hobbes, sin olvidar a Grocio y los protestantes del xvii, son un antecedente del ginebrino, que es el máximo exponente de las ideas de la voluntad general y la soberanía absoluta del pueblo.

    Las ideas democráticas expandidas por la Revolución Francesa, unidas a las ideas liberales, van a constituir la base ideológica sobre la que se desarrolla toda la evolución política del siglo xix. En Francia, la Constitución de 1848 es ya de abierto carácter democrático; en España, la de 1812 acusa asimismo la influencia de las ideas democráticas, si bien a lo largo del siglo xix experimenta diversas alternativas; en Inglaterra el proceso de democratización, más lento y gradual, se manifiesta en las sucesivas reformas electorales a partir de 1832 hasta culminar en 1911 con la Parliament Act, que consagra la definitiva supremacía de los Comunes sobre los Lores. Del mismo modo en el resto de los países occidentales, Bélgica, Italia y otros, las ideas democráticas, combinadas con la subsistencia de los regímenes monárquicos, llenan todo el siglo xix.

    Para más información ver: democracia.
Actualizado: 24/11/2016 - Autor: Leandro Alegsa
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